jueves, 28 de mayo de 2009

Empleados municipales de Planta Temporaria podrán percibir remuneración por antigüedad

Un proyecto de ley presentado por el diputado bonaerense Juan A. Gobbi (UCR) pretende modificar el articulo 98° de la ley 11757 (Estatuto Personal Municipal) para equiparar las remuneraciones de los salarios en el “concepto antigüedad”, otorgando este derecho a los trabajadores temporarios, y bajo las mismas modalidades de instrumentación que los agentes que revisten en planta permanente.

Además, en otra disposición se favorece a los trabajadores temporarios adquiriendo éstos estabilidad a partir de la acumulación de cinco años de antigüedad consecutivos contados desde su nombramiento en cada Municipio, y ello de no mediar oposición fundada y debidamente notificada por el Departamento Ejecutivo.
Cabe consignar que, según señala el articulado del proyecto, “el plazo referido es considerado “período probatorio” debiendo cumplimentar el trabajador durante el mismo, las siguientes condiciones: acciones de formación y/o capacitación, aprobar examen preocupacional obligatorio, informe positivo del área de revista y acreditar por resolución fundada la aprobación de la Junta de Ascensos y Calificaciones”.
El legislador radical sostuvo al respecto, “los municipios de la provincia cuentan con numerosos agentes que cumplen funciones en forma provisional, en carácter de temporarios y precarizados, con años de antigüedad en dicha calidad y ello contraria los principios del derecho del trabajo, ya que el sector público debe ser el principal garante del cumplimiento de las normas laborales exigidas”.
El diputado Gobbi manifestó que “en la situación descripta de inestabilidad, los agentes no pueden demandar los derechos laborales mínimos que las leyes les otorgan”, y concluyó aclarando que “el pase a planta permanente de los agentes temporarios no implica ningún aumento del presupuesto municipal y no generarán derechos retroactivos a los procesos administrativos o judiciales en trámite”. De aprobarse la norma, su aplicación se daría a partir del 1° de enero de 2010.

martes, 26 de mayo de 2009

Solicitan derogación de Impuesto al Cheque

A través de un proyecto presentado, el diputado provincial Juan A. Gobbi (UCR), solicita dejar sin efecto la Resolución Normativa 014/09, Régimen de Retención sobre Cheques.
Sobre este tema, el legislador se pregunta por qué el contribuyente “va a permitir que se le retenga impuesto por un ingreso de dinero que la autoridad de aplicación presupone que es el fruto de la actividad normal y habitual del contribuyente, y de no ser así tendrá que demostrarlo”. “Primero los declaramos culpable y luego podrá demostrar su inocencia, al revés de los principios generales”, agregó.
El diputado radical destacó “la inequidad entre quien deposita un cheque de 1000 pesos o más y quien lo cobra por ventanilla”, y aseguró que “estas medidas no solucionan ni erradican la evasión impositiva”.
Cabe recordar que, ante las múltiples quejas de contribuyentes, el organismo recaudador de la Provincia de Buenos Aires postergó por 60 días la puesta en marcha del descuento de Ingresos Brutos al cobro de cheques por ventanilla. Asimismo, la medida había recibido rechazos del sector bancario, ya que los cajeros debían realizar el descuento antes de abonar el efectivo y verificar si el cobrador está inscripto como aportante de ingresos brutos, lo que generaba una complicación operativa.
El legislador chascomunense aconsejó al Gobierno bonaerense “demostrarle a la sociedad los resultados de las políticas tributarias y la asignación de los Recursos obtenidos, sean en Educación, Seguridad, Salud y Justicia que tanto falta en esta Provincia. Tal vez así con pruebas y hechos reales, los contribuyentes logren tener conciencia tributaria, sabiendo hacia dónde se destinan sus recursos”.
De la misma manera, Juan Gobbi recordó que “hace muchos años se vienen incrementando los Presupuestos de la Administración Pública y también el Déficit Provincial, pero la sociedad en su conjunto no percibe mayor bienestar y son ellos quienes aportan a las arcas del Estado”.
Además, disparó “en vez de incrementar los recursos vía retenciones a la emisión de cheques y al cobro de cheques por ventanilla, habría que reclamar los puntos de coparticipación que siempre venimos prorrogando desde hace muchos años”.
Por último, el diputado radical instó al Ejecutivo a “ser más eficientes en la administración de los recursos en lugar de dictar nuevas resoluciones que conlleven al malestar social”.

viernes, 22 de mayo de 2009

Dan marco legal a aumentos no comprendidos en el Estatuto del Personal Municipal

La legislatura bonaerense transformó en ley un proyecto que exime de responsabilidad legal, económica administrativa y contable a los funcionarios municipales que hayan dictado y/o puesto en aplicación actos por los cuales se autorizaran incrementos en los sueldos de los trabajadores en concepto de bonificación y/o adicional por antigüedad en un porcentaje superior al que se encuentra previsto en el artículo 19 inciso b) de la Ley 11.757 (Estatuto del Personal Municipal). La norma pone en tela de juicio la constitucionalidad como la vigencia de la Ley 11.757.

La iniciativa que fuera aprobada por la legislatura y que lleva el número de Ley 13.606 fue presentada por el diputado radical Juan A. Gobbi. En los fundamentos del proyecto se recuerda que en varios municipios de la provincia los titulares a cargo de los Departamentos Ejecutivos dictaron actos administrativos, disponiendo el incremento de los haberes que en concepto de bonificación y/o adicional por antigüedad perciben los trabajadores municipales en un porcentaje superior al que se encuentra previsto en el Estatuto del Personal Municipal.
El legislador radical sostuvo que “los índices de aumento inflacionarios más los acuerdos salariales impulsados a nivel provincial tornan necesario la búsqueda de instrumentos de recomposición de los haberes a nivel municipal pero que asimismo garantice la exención de responsabilidad de los funcionarios que autoricen las medidas”.
Seguidamente, Juan Gobbi opinó que dichos incrementos “obedecen a razones de estricta justicia y pueden verse plenamente justificados a fin de reparar la perdida que sufre el salario real de los trabajadores frente a los aumentos en los precios de productos, servicios e impuestos”, y manifestó que su iniciativa pretende “prever a la contención de los funcionarios intervinientes que dictando los actos respectivos, pueden verse obligados a responder administrativa y contablemente al no verse avalados aquellos actos por disposición legal alguna”.
Por último, el autor de la iniciativa convertida en LEY destacó “es también un fuerte precedente para interpretar correctamente el derecho protectorio y la progresividad del derecho laboral, en nuestro caso en la administración publica municipal, en beneficio del trabajador y denostando tanto la constitucionalidad como la vigencia de la Ley 11.757”.

jueves, 14 de mayo de 2009

“La liquidación del tributo no se puede realizar en base a presunciones”

El diputado provincial de la Unión Cívica Radical, Juan A. Gobbi, solicitó al Ejecutivo Bonaerense dejar sin efecto la implementación del Sistema ARBANET y la Resolución Normativa 111/08 que determina los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

A través de un proyecto de ley, el legislador propuso derogar los artículos 30° y 31° de la ley 13.850, sancionada el 23 de Julio del año 2008, y que establece regímenes de percepción y/o retención, y anticipos mensuales en la determinación, liquidación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires; y la Resolución Normativa 111/08. Asimismo, propone restituir los Artículos 182 y 183 del Código Fiscal (Ley 10397 – 2004).
En los fundamentos del proyecto se recuerda que “la Agencia de Recaudación Buenos Aires, mediante la Resolución Normativa Nº 111/08, impone al contribuyente su carga tributaria determinando anticipos mensuales sin tomar a priori la base imponible real del contribuyente, quien tendrá derecho a rectificar su declaración jurada anual una vez al año mientras fue aceptando los anticipos impuestos por la autoridad de aplicación”.
El legislador radical sostuvo al respecto, “en la práctica, la presunción de la administración tributaria es en muchos casos equivocada”, y agregó que “basta con entrevistarse con diversos contribuyentes de distintas actividades y los anticipos impuestos no se corresponden con su obligación tributaria real”.
Seguidamente, explicó que “existe un alto costo de oportunidad del dinero, pues el contribuyente debe efectuar los pagos de la preliquidación y de no ser correctos, dentro de no menos de doce meses podrá rectificar la declaración jurada anual predeterminada por ARBA, y si tiene crédito a favor, podrá reclamarlo”.
No obstante, si el contribuyente no acepta la preliquidación anual, el sistema le informa que de modificarla quedara sujeto a fiscalización y será considerado por ARBA como contribuyente de alto riesgo. “Este sistema no es ni más ni menos que un avasallamiento al contribuyente que se le impone coercitivamente una carga tributaria fuera de tiempo”, enfatizó el ex intendente de Chascomús.
Cabe recordar que el bloque de la Unión Cívica Radical se opuso a la creación del sistema ARBANET (artículos 30° y 31°) durante la sesión del 23 de julio de 2008, donde se aprobó el proyecto de reforma Impositiva, y el diputado chascomunense fue quien argumentó las discordancias con respecto al tema.
Por último, Juan Gobbi advirtió que “la liquidación del tributo tiene que estar en manos del contribuyente y nunca en función de quién esté manejando el ARBA, es decir, en base a presunciones”.